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En congruencia con los objetivos estratégicos del IMCP, la Comisión Fiscal prepara este boletín informativo "Noticias Fiscales", con el objetivo primordial de mantener informado al lector de las noticias en está materia que se presentan día con día.


Directorio


C.P.C. Luis R. Michel Domínguez

Presidente del Comité Ejecutivo Nacional 2009-2010
C.P.C. Carlos Cárdenas Guzmán
Vicepresidente de Fiscal
C.P.C. Ricardo Arellano Godínez
Presidente de la Comisión Fiscal
C.P.C. Ernesto Manzano García
Coordinador responsable

 

Nota aclaratoria


Estas noticias fiscales no reflejan necesariamente la opinión del IMCP, de la Comisión Fiscal y/o de alguno de sus integrantes.
La responsabilidad corresponde, exclusivamente, a la fuente y/o el autor del artículo o comentario en particular.

 

Número  12
Diciembre 2009

Noticias Fiscales

 

En el Diario Oficial de la Federación del hoy 17 de diciembre de 2009 se dan a conocer reglas para regular las transferencias de recursos al extranjero.

 

Dentro de los motivos que regulan estas disposiciones se encuentran:

  • Que actualmente, tanto a nivel nacional como internacional, existe gran preocupación por el aumento de operaciones por parte de la delincuencia organizada, en materia de lavado de dinero y del terrorismo y su financiamiento.
  • Que derivado de los compromisos internacionales adoptados por México como integrante del Grupo de Acción Financiera sobre Blanqueo de Capitales (GAFI), resulta de suma importancia incrementar el nivel de adecuación de la normativa vigente de acuerdo con los estándares internacionales que dicho organismo ha instrumentado para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, y que han sido reconocidos por diversos países, así como por organizaciones internacionales como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional.
  • Que tomando en consideración la asimetría existente en la actualidad respecto de los diversos estándares en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento del terrorismo, aplicables a las distintas entidades y actividades financieras en México, entre las que se encuentra la transmisión de fondos, resulta indispensable llevar a cabo una homologación en los mismos, en especial en aspectos tales como los umbrales para la captura de información y de elaboración de expedientes de sus usuarios, así como en lo relativo a normas específicas que permitan el adecuado seguimiento de las operaciones que se lleven a cabo, dentro de un marco legal que permita una adecuada prevención y detección de los delitos antes mencionados, evitando menoscabar el sano desarrollo de las actividades financieras.
  • Que las presentes Disposiciones contienen una actualización de las normas que deberán observar los denominados transmisores de dinero a que se refiere el artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en materia de prevención y detección de operaciones que pudiesen ubicarse en alguno de los supuestos previstos en los artículos 139, 148 Bis o 400 Bis del Código Penal Federal.

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