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La Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de
Contadores Públicos da a conocer de forma resumida las recientes
reformas al Juicio de Amparo:
El día 10 de diciembre la Cámara de Senadores, aprobó el dictamen
de reformas a los artículos 94, 100, 103, 107 y 112 de la
Constitución Federal, relativos al Juicio de Amparo, siendo los
puntos más importantes los siguientes:
- Se
amplían los supuestos de procedencia del Juicio de Amparo,
para proteger de manera directa no solo las garantías
que actualmente prevé nuestra constitución, sino además los
derechos humanos reconocidos por nuestra propia constitución,
así como los reconocidos en los tratados Internacionales
ratificados por el Estado Mexicano.
- Se
amplía el concepto de parte agraviada para acudir al amparo,
incorporando el concepto de "Interés Legítimo", de
tal suerte que, será parte agraviada aquella persona que
aduzca ser titular de un derecho o de un interés legítimo
individual o colectivo, siempre que alegue que el acto
reclamado viola los derechos reconocidos por esta Constitución
y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera
directa o en virtud de su especial situación frente al orden
jurídico.
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