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En el portal del Servicio de Administración
Tributaria se da a conocer la siguiente información respecto de las
novedades en materia de comprobantes.
Dentro de estas novedades están las reglas de los comprobantes con
relación a las recientes reformas al Impuesto al Valor Agregado de
las operaciones en crédito que estén al cierre del ejercicio fiscal
de 2009 y se cobren dentro de los 10 días siguientes.
Otra novedad es que no se requerirá proporcionar las cedulas de
identificación fiscal.
Se dan reglas para quienes cuenten con un solo establecimiento o
local para realizar sus actividades.
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